Log in
Sin imágenes

Justicia

Justicia

Vuelven a desestimar el recurso del exalcalde de La Laguna sobre la demora del 'caso Grúas'

La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el exalcalde José Alberto Díaz contra el auto del Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna en el que denegaba la solicitud de acceder al documento interno del teniente fiscal Demetrio Pintado y las posibles instrucciones de la Fiscalía General del Estado para demorar la instrucción del caso Grúas hasta la entrada en vigor del nuevo Estatuto de Autonomía

  • Escrito por Anabel Leal Bienes
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 1704

La condena para las manadas, imprescindible, pero no suficiente

El pasado 21 de junio el Tribunal Supremo revisó el “caso de la manada”, en el que según el TSJ de Navarra los cinco agresores habían cometido un delito de abuso sexual a una joven de 18 años, el 7 de julio de 2016 en Pamplona; y dictó una sentencia histórica y esperada, 15 años de condena para los violadores, puesto que no había sido abuso, sino violación, como el movimiento feminista gritó insistentemente en estos tres años.
La violencia sexual, una realidad aún oculta.

  • Escrito por Mary Carmen Bolaños Espinosa
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 2501

El procés visto para sentencia

La sentencia sobre del procés será, sin duda, una de las resoluciones  judiciales más importantes de la historia judicial contemporánea de España, 

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 1779

Antonio Doreste, el cancerbero (de Coalición Canaria)

 “…la democracia se despliega y sufre un proceso de metamorfosis en el tiempo, renovándose a través de tanteos e intentos sucesivos que no cesan de modificar las vías y enriquecer las formas.Desde hace unos veinticinco años ha surgido una configuración inédita donde la opinión pública y el juez han pasado a ocupar el primer rango”. (Marcel Gauchet)

  • Escrito por Santiago Pérez
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 2058

El magistrado Doreste o el sobreseimiento del caso Grúas

Me llamó poderosamente la atención que el magistrado Doreste, en su voto tan particular contra la remisión del Caso Grúas a los juzgados laguneros, subrayara que el aforamiento operaba para Clavijo como un recurso, como “la única oportunidad de evitar ser imputado”, “puesto que la decisión del juzgado es considerarle tal”.

  • Escrito por Santiago Pérez
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4275

La lección de dignidad del magistrado Marchena

El Magistrado Manuel Marchena, al renunciar a su candidatura como presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, ha dado una soberbia lección de dignidad, independencia,  y ética, a la  clase política más intelectual y políticamente mediocre desde la Transición.

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4440

La polémica libertad provisional de «La Manada»

Sobre el caso de la Manada ya he sostenido que,  tras la lectura detenida de los hechos probados de la sentencia, constatados en su más absoluta brutal objetividad,  comparto la opinión de que los agresores sexuales cometieron un delito de violación tipificado en el artículo 179 del C.Penal, castigado con la pena de prisión de 10 a 12 años, con la concurrencia de las agravantes de trato vejatorio y degradante, prevalencia de una relación de superioridad, y la de comisión de los hechos por la actuación conjunta de dos o más personas, tipificadas en el artículo 180 del C. Penal, que elevan la pena de prisión de 12 a 15 años.

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4645

La polémica sentencia de "La Manada"

Es comprensible la masiva reacción popular por la sentencia de La Manada que ha herido la sensibilidad moral de pueblo, especialmente de las mujeres.

  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4845

Una manada de jueces

Impresionante y valiente está siendo la reacción de gran parte de la sociedad española contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra que condena a los miembros de La Manada a nueve años de prisión por un abuso sexual continuado y no por una violación.

  • Escrito por Francí Xavier Muñoz
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4622

La ilegal huelga de los jueces

Es evidente la inconstitucionalidad y manifiesta ilegalidad de la huelga de los jueces, dado que no son trabajadores por cuenta ajena, sino  funcionarios públicos que integran el poder judicial, a los que corresponde exclusivamente ejercer la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado (art.117.1 de la Constitución).

Sería inimaginable que ejercitaran el derecho de huelga los integrantes de los otros dos poderes del Estado. El profesor Alejandro Nieto, en su libro “El desgobierno Judicial”,  ha hecho notar, con encomiable agudeza intelectual, que en el texto del art.117.1 de la Constitución: “La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del Poder Judicial….”, la palabra pueblo está escrita con minúscula, mientras que la de jueces y magistrados está escrita con mayúscula. Esta degradación gramatical del pueblo frente a los jueces, paradójicamente, responde a la realidad, porque aunque la justicia dimana del pueblo,-en el que reside la soberanía nacional y del que emanan los poderes del Estado (art.1.2 de la Constitución)-, que elige y controla a los miembros del  Gobierno  y del Parlamento,  los jueces están  sustraídos al control público” (STC 96/1987;13/1985;38/1982;62/1982).

No cabe  sacar la conclusión de que defienda  un sistema en el que los jueces sean elegidos por el pueblo como en otras democracias centenarias, que carece de tradición democrática en España, sino el sistema vigente de acceso a la Carrera Judicial instaurado por la Ley Orgánica de 1870, que dimanó de la revolución liberal de 1868, que debe ser mantenido por su probada eficacia, perfeccionando los controles del poder de los jueces. Los jueces que se declaren en huelga no responden ante el pueblo y sólo pueden ser controlados por el Consejo del Poder Judicial y, en definitiva, por otros jueces que forman parte de los Tribunales ante los que se recurren las resoluciones del Consejo. Contrariamente a lo que pretenden con la huelga algunos jueces y sus asociaciones, que  no han hecho una mínima autocrítica, sólo van a conseguir un mayor desprestigio del que ya tienen ante el pueblo, al que le es, desgraciadamente, indiferente, que los jueces abandonen sus funciones durante veinticuatro horas.La política judicial ha marginado presupuestariamente a l

La Justicia desde antes de la primera Ley Orgánica del Poder Judicial de 1870, que ha estado vigente 115 años, en la que se la regulaba  como Administración de Justicia, no como Poder Judicial, al igual que en todos los regímenes políticos posteriores, incluida la segunda República. En la Constitución de 1978 se reconoce  por primera vez en la historia de España a la Justicia como poder judicial (título VI), que desarrolla la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente de 1985. Los gobiernos democráticos desde la transición, así como los de las Comunidades Autónomas, han hecho un esfuerzo sin precedentes para mejorar el servicio público de la Justicia, aunque dicho esfuerzo ha sido insuficiente al no llegar al nivel presupuestario de la media  europea. Comparto en gran medida la reivindicación de los jueces, pero no sólo se resuelven con más medios materiales y personales, sino con reformas procesales que son inaplazables, como la de la instrucción y el proceso penal anclados en el siglo XIX.

Mi experiencia política en los tres poderes del Estado, y profesional, en la Judicatura, el Ministerio Fiscal, y la Abogacía, me permiten afirmar con orgullo que la inmensa mayoría de jueces y fiscales españoles son independientes, honestos, discretos, y entregados abnegadamente a tu trabajo. Pero hay una minoría de jueces que hacen política sin control alguno, amparados en la toga y en sus asociaciones, que no tienen militancia formal en un partido político, pero que son criptomilitantes con vocación política frustrada. Son los que acaudillan la huelga. Muy pocos jueces hemos abandonado la Carrera Judicial por respeto a su digna y elevada función, al entender que la militancia en un partido político vulnera la imparcialidad objetiva que exige no sólo ser imparcial e independiente, sino parecerlo.            

La huelga de los jueces es la negación de su propia condición como poder del Estado, por lo que derecho de huelga es constitucionalmente imposible. Los jueces no pueden ejercer ese derecho porque no son titulares del mismo, al ser  incompatible con su propia condición profesional, lo que hace que dicho ejercicio constituya un burdo fraude de ley, ya que una asamblea de jueces no es una asamblea de trabajadores de las que se contempla en el Real Decreto-ley 17/1977, que tienen reconocido expresamente el ejercicio del derecho de reunión previsto en el artículo 21 CE en la Ley Orgánica de Libertad Sindical (art. 8.2), mientras que los jueces lo tienen expresamente prohibido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuyo artículo 395 establece que a los jueces y magistrados “les está prohibido: dirigir a los poderes, autoridades o Corporaciones oficiales censuras por sus actos, ni concurrir, en su calidad de miembros del Poder Judicial, a cualesquiera actos o reuniones públicas que no tengan carácter judicial, excepto aquellas que tengan por objeto cumplimentar al Rey o para las que hubieran sido convocados o autorizados a asistir por el Consejo General del Poder Judicial”.

Los jueces son funcionarios integrantes del Poder Judicial, y no trabajadores incluidos dentro de la legislación sobre libertad sindical y sobre el derecho de huelga, y sólo pueden expresarse a través de las vías previstas en su legislación específica. El Consejo General del Poder tiene la obligación de impedir este dislate constitucional. En la sesión parlamentaria del Congreso de la II República de 23 de noviembre de 1932, en referencia a la Administración de Justicia, decía don Manuel Azaña: “No puede haber jamás Estado que consienta que una de sus instituciones fundamentales no esté enteramente penetrada del mismo espíritu que penetre todo el Estado. Esto es evidente, y si no sería el suicidio de las instituciones públicas, no sólo de ésta, sino de las otras”.

ELIGIO HERNANDEZ
                                                      
Magistrado Jubilado, ex Vocal del Consejo General del Poder Judicial, ex Fiscal General del Estado y Abogado en ejercicio.





  • Escrito por Eligio Hernández
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4688

Dia de la visibilidad Trans

No hace mucho tiempo, las personas trans*, así como todo la Comunidad LGTBI+, éramos consideradas seres antisociales, nacíamos con el estigma de delincuentes, sobre nuestras cabezas pendían leyes infames como la ley de Vagos y Maleantes, promulgada en 1935 durante la segunda república y ampliada posteriormente en 1955, durante el franquismo, para reprimir expresamente toda persona que no se adhiriera rígidamente al modelo cisexual-heterosexual.

  • Escrito por Marcus Peña
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4340

El Tribunal Supremo Español al servicio de la autoritaria "Razón de Estado"

El auto que el 9 de noviembre de 2017 ha dictado el Magistrado conservador del Tribunal Supremo, Pablo Llarena Conde, decretando, como medida cautelar antes de la celebración de un juicio, la prisión preventiva, eludible si se presta una fianza de 150.000 euros, de la Presidenta del Parlament, Carme Forcadell, así como la de otros miembros de la Mesa del Parlament, pero a éstos, al contrario, se les permite estar en libertad si en un plazo mâximo de siete días prestan fianza de 25.000 euros, es antidemocrático, por vulnerar la inviolabilidad parlamentaria consagrada en el Estatuto de Catalunya.

  • Escrito por José Manuel Rivero
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4538

La retórica independencia del poder judicial en España

La magistrada de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela,  pocos díaa antes de asumir la investigación por un delito de sedición contra los presidentes de Òmium Cultural, Jordi Cuixart, y de la Asamblea Nacional Catalana (ANC), Jordi Sànchez, y en vísperas del Día de los Ángeles Custodios (2 de octubre de este año), la magistrada recibió del Ministro del Interior Juan Ignacio Zoido, casualmente, también, magistrado, pero, por supuesto,  en excedencia, la medalla al mérito policial ( alguién ha escrito que el Ministro tuvo "buen ojo") . Para a continuación, días después, el 2 de noviembre, encarcelar a ocho miembros del Govern derrocado en Catalunya, en una cuestionada y crticada (incluso por Jueces para la Democracia) actuación judicial, por delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos. Y lo mismo ocurrió el año anterior, en octubre de 2016, cuando la magistrada Lamela asumió la instrucción del caso Alsasua, en que casualmente, también, recibió la Cruz de Plata del Mérito de la Guardia Civil. El caso Alsasua, recordemos, es el que, por el cual, la magistrada envió a prisión, acusados de terrorismo  a unos jóvenes (de los cuales, de ocho, tres siguen en prisión), que han sido procesados como autores de la agresión, hace un año, a dos guardias civiles y sus parejas en un bar de Alsasua. Piden para ellos penas de entre 62 y 12 años, que suman un total de 375 años.

  Apertura del año judicial en la jurisdicción militar

El 31 de octubre de este año, en vísperas, podríamos decir, del encarcelamiento de los miembros depuestos del Govern, en la sede del Tribunal Central Militar, el presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, mostró su "preocupación" sobre la situación en Catalunya al comienzo de su discurso en la apertura del año judicial militar, acompañado del Fiscal General, José Manuel Maza (promotor de la querella, que ya había presentado el día anterior, contra el President de la Generalitat, el Govern y la mesa del Parlament) y de la Ministra de Defensa del Gobierno español. El presidente del Tribunal Militar Central, Rafael Eduardo Matamoros, que, también, intervino en el acto, expresó su "admiración" por los agentes de la Guardia Civil desplegados en Catalunya. Y éste concluyó: "Estoy seguro de hablar en nombre de todo los jueces militares orgullosos de nuestros colegas de la jurisdicción ordinaria y de la Fiscalía, y como militares de los compañeros de la Guardia Civil y de la Policía Nacional por su comportamiento y las actuaciones ejemplares desde todos los puntos de vista llevadas a cabo en Cataluña durante las últimas semanas, cuentan con todo nuestro cariño, nuestra admiración y nuestro apoyo".

EL "discurso" publicado en el periódico conservador ABC del Jefe del Estado Mayor de la Defensa, previo y el mismo día del encarcelamiento judicial del Govern derrocado.

Al respecto, el General  de División, en situación de retiro, Rafael Dávila Álvarez,, en  su artículo publicado en el denominado "blog General Dávila" dice : "El diario ABC del jueves 2 de noviembre trae un artículo del General de Ejército y Jefe del Estado Mayor de la Defensa Fernando Alejandre Martínez en el que recoge el sentir de los actuales Ejércitos y que les hemos ofrecido en un comentario del día escrito por el General Chicharro. Nada distinto a lo que en su momento dijo el Teniente General Mena".  ¿Y qué publicó el Sr. Chicharro?, pues esto: "...En definitiva, las FAS están sometidas plenamente al Gobierno y no es labor de éstas el ponderar de forma autónoma decisiones al respecto. Esto está muy claro y así nos lo recuerda, también, en su artículo el General Alejandre, pero también conforme a la propia letra de la Constitución si lo que deviniera en algún momento fuera contrario a la letra de la propia Constitución y los responsables de su defensa no actuaran consecuentemente ahí nos encontraríamos con el citado artículo 8". Refiriéndose el Sr. Chicharro al artículo 8 de la Constitución Española, Y lo recoge así: "...el artículo 8.1. nos dice : las FAS tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional".

El espectro de Montesquieu parece que se ha esfumado del Reino de España, pues lo mismo parece que se aplica el derecho penal del enemigo como que la dureza del Código Penal, fundamentalmente, está para los “robagallinas”.

 En todo caso, no está de más recordar que el derecho a la garantía de un Juez imparcial, supone  que el Juez  "no puede realizar actos ni mantener con las partes relaciones jurídicas o conexiones de hecho que puedan poner de manifiesto o exteriorizar una previa toma de posición anímica a su favor o en contra".

  • Escrito por José Manuel Rivero
  • Categoría: Justicia
  • Visto: 4308